jueves, 1 de agosto de 2013

Penalizará Sinaloa crueldad y venta de animales en vía pública

Penalizará Sinaloa crueldad y venta de animales en vía pública



 La crueldad hacia los animales, así como la venta de los mismos en la vía pública, será penalizada en Sinaloa. 

En el dictamen de Ley de Protección a los Animales para el Estado de Sinaloa que aprobó el Congreso por unanimidad el martes, se establecen también responsabilidades para los propietarios. 

Es responsabilidad del dueño del animal no sólo recoger sus heces fecales cuando transite por la vía pública, sino pagar los daños que su mascota ocasione a terceros. 



Dicha legislación considera como infracciones 15 acciones, entre ellas, las peleas de animales, el abandono y el daño o maltrato. 

Entre las sanciones que establece para las diferentes faltas están el apercibimiento escrito de la autoridad, multa de 100 a 300 días de salario mínimo general vigente en Sinaloa y clausura definitiva de establecimientos o instalaciones a las que se refiere la ley. 

Las sanciónes económicas serán determinadas por los ayuntamientos en sus disposiciones reglamentarias, atendiendo a la gravedad de la infracción y a las condiciones del infractor. 

En un plazo de 90 días contados a partir de la publicación del decreto, el Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos deberán emitir las disposiciones reglamentarias y realizar las acciones necesarias para la debida observancia e instrumentación de lo aprobado. 

A la Secretaría de Salud le corresponde crear y administrar el Padrón Estatal de Mascotas e inspeccionar sanitariamente los establecimientos de venta y adiestramiento de ellas. 

Procederá el aseguramiento de un animal cuando se enajenen o exploten en la vía pública o cuando se ofrezca para fines de propaganda o premiación. 

Dentro de las reservas que el martes se propusieron, es que el sacrificio humanitario de un animal doméstico sólo podrá realizarse cuando represente una amenaza de salud pública específicamente de la rabia, previamente diagnosticada por un médico certificado.

INFRACCIONES 

Algunas infracciones señaladas en la Ley de Protección a los Animales. 

Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento o que ponga en peligro la vida o afecte el bienestar del animal 

Causarle la muerte innecesaria, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o le provoque cualquier sufrimiento

 Practicarle mutilaciones; azuzarlos para que se ataquen entre sí o a personas 

Hacer de las peleas provocadas un espectáculo público o privado. 

Adiestrar a los animales con prácticas que puedan poner en peligro a las personas que vivan en su entorno. 

Abandonar a animales en la vía pública o comprometer su bienestar al desatenderlos por periodos prolongados. 

Venta y explotación de los animales en la vía pública.

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